La Ley 996 de 2005, más conocida como
Ley de Garantías, es el marco legal donde se establecen los criterios que
reglamentan la elección de presidente de la república. Para garantizar la
igualdad de condiciones para los candidatos, se reglamenta la participación
política de servidores públicos y las garantías a la oposición.
Esta Ley establece los topes para la
financiación de campañas, la financiación estatal, el acceso igualitario a
medios de comunicación, el derecho a réplica de los candidatos, las prohibiciones
a funcionarios públicos para participar en política, la duración de campañas y
el congelamiento de nómina estatal. Es de aclarar que esta Ley estatutaria
surgió con el objeto de establecer las “reglas
de juego” del proceso electoral debido a la reforma que permitía la
relección presidencial.
El presidente Santos en el cierre del
Congreso Nacional de Alcaldes, teniendo en cuenta que la figura de la
reelección presidencial ya no existe, consideró y planteó eliminar la Ley de
Garantías, ya que para el señor presidente es una Ley “absurda” que no tiene
ninguna justificación y es innecesaria.
Debido a este anuncio, se ha desatado
una controversia entre los que están de acuerdo con su abolición, por no tener
justificación al ser eliminada la reelección, y los que se oponen puesto que
consideran que sería lesivo contra la transparencia de la democracia (ya que abriría la puerta para que los
presupuestos de las entidades territoriales estén a disposición o al servicio
de una candidatura o interés político particular).
Se hace necesario aclarar que, a pesar
de que la Ley nació como mecanismo para garantizar la igualdad de condiciones
de los candidatos en la reelección presidencial como se establece en sus
artículos 32 y 33 donde restringe y prohíbe durante los 4 meses anteriores a la
elección presidencial la contratación pública (Vinculación a la nómina estatal y contratación directa),
también es cierto, que en el parágrafo del artículo 38, establece restricciones
y prohibiciones en materia de nómina, bienes y recursos públicos durante los 4
meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular.
Lo anterior nos deja claro que la Ley
de garantías, entonces, no sólo regula las elecciones de presidencia, sino
también las elecciones en general, por consiguiente el argumento y
justificación del señor presidente de ser una Ley “Absurda” no es del todo cierto. Por el contrario, es una norma
necesaria e indispensable, ya que garantiza a los ciudadanos que los recursos
del erario no vayan a ser utilizados por los gobernantes locales para saciar
sus intereses politiqueros a través de la contratación directa y el incremento
de la burocracia en la nómina estatal.
En los municipios de Colombia,
especialmente los de la costa atlántica donde encontramos a diario poca eficiencia
en el manejo de los recursos públicos, la falta de transparencia en los
procesos de contratación, el nepotismo y favorecimiento que ejercen muchos
gobernantes, sería terrible para la democracia la eliminación de la Ley de
garantías, toda vez que ésta, se ha convertido en el único dique para evitar
que los gobernantes ejerzan una injerencia y logren aprovecharse del aparato
estatal para garantizar por intermedio de los candidatos de sus afectos y
confianza su perpetuación y continuidad en el poder.
Por eso, anhelo que esta propuesta,
sea otra medida populista del presidente para lograr el apoyo incondicional a
los candidatos de la unidad nacional en las próximas elecciones regionales,
como lo fue la reelección de alcaldes y gobernadores en su momento, de lo
contrario los mandatarios regionales “no tendrán freno, para disponer del
presupuesto para sus intereses electorales”.
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