miércoles, 1 de abril de 2015

LA GARANTÍA DEL PROCESO ELECTORAL

La Ley 996 de 2005, más conocida como Ley de Garantías, es el marco legal donde se establecen los criterios que reglamentan la elección de presidente de la república. Para garantizar la igualdad de condiciones para los candidatos, se reglamenta la participación política de servidores públicos y las garantías a la oposición.

Esta Ley establece los topes para la financiación de campañas, la financiación estatal, el acceso igualitario a medios de comunicación, el derecho a réplica de los candidatos, las prohibiciones a funcionarios públicos para participar en política, la duración de campañas y el congelamiento de nómina estatal. Es de aclarar que esta Ley estatutaria surgió con el objeto de establecer las “reglas de juego” del proceso electoral debido a la reforma que permitía la relección presidencial.

El presidente Santos en el cierre del Congreso Nacional de Alcaldes, teniendo en cuenta que la figura de la reelección presidencial ya no existe, consideró y planteó eliminar la Ley de Garantías, ya que para el señor presidente es una Ley “absurda” que no tiene ninguna justificación y es innecesaria.

Debido a este anuncio, se ha desatado una controversia entre los que están de acuerdo con su abolición, por no tener justificación al ser eliminada la reelección, y los que se oponen puesto que consideran que sería lesivo contra la transparencia de la democracia (ya que abriría la puerta para que los presupuestos de las entidades territoriales estén a disposición o al servicio de una candidatura o interés político particular).

Se hace necesario aclarar que, a pesar de que la Ley nació como mecanismo para garantizar la igualdad de condiciones de los candidatos en la reelección presidencial como se establece en sus artículos 32 y 33 donde restringe y prohíbe durante los 4 meses anteriores a la elección presidencial la contratación pública (Vinculación a la nómina estatal y contratación directa), también es cierto, que en el parágrafo del artículo 38, establece restricciones y prohibiciones en materia de nómina, bienes y recursos públicos durante los 4 meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular.

Lo anterior nos deja claro que la Ley de garantías, entonces, no sólo regula las elecciones de presidencia, sino también las elecciones en general, por consiguiente el argumento y justificación del señor presidente de ser una Ley “Absurda” no es del todo cierto. Por el contrario, es una norma necesaria e indispensable, ya que garantiza a los ciudadanos que los recursos del erario no vayan a ser utilizados por los gobernantes locales para saciar sus intereses politiqueros a través de la contratación directa y el incremento de la burocracia en la nómina estatal.

En los municipios de Colombia, especialmente los de la costa atlántica donde encontramos a diario poca eficiencia en el manejo de los recursos públicos, la falta de transparencia en los procesos de contratación, el nepotismo y favorecimiento que ejercen muchos gobernantes, sería terrible para la democracia la eliminación de la Ley de garantías, toda vez que ésta, se ha convertido en el único dique para evitar que los gobernantes ejerzan una injerencia y logren aprovecharse del aparato estatal para garantizar por intermedio de los candidatos de sus afectos y confianza su perpetuación y continuidad en el poder.

Por eso, anhelo que esta propuesta, sea otra medida populista del presidente para lograr el apoyo incondicional a los candidatos de la unidad nacional en las próximas elecciones regionales, como lo fue la reelección de alcaldes y gobernadores en su momento, de lo contrario los mandatarios regionales “no tendrán freno, para disponer del presupuesto para sus intereses electorales”.

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