martes, 18 de febrero de 2020

CONTRAPOSICION EN LEYES LABORALES

Colombia es un país de leyes, las cuales muchas han sido de gran relevancia e importancia para el conglomerado social, otras son inoficiosas y algunas generan controversia y descontento al pueblo, sobre todas aquellas que van en contravía del bien general y vulneran los derechos de los colombianos o lesionan su estabilidad económica.


De estas paradojas de las leyes, encontramos como en el 2016 el presidente de la época sanciono la ley 1821 la cual modificaba la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas, ampliando la edad para el retiro a los 70 años, lo que permite que los funcionarios permanezcan más tiempo en sus trabajos y negándole la posibilidad a los más jóvenes de acceder a estas vacantes.

No obstante, de existir leyes como la 1780 de 2016 que buscaba promover el empleo y emprendimiento juvenil, ahora el presidente Duque mediante el Decreto No. 2365, del 26 de diciembre de 2019, busca la vinculación en las plantas de las entidades públicas de jóvenes entre 18 y 28 años con estudios y que no acrediten historial de empleo, lo que indica que estas disposiciones se contraponen, una busca que las personas permanezcan hasta mayor edad en sus cargos y otras quieren brindar garantías a las personas jóvenes y sin experiencia para que ingresen a los empleos públicos.

En el 2002 mediante la Ley 789 se degradaron las garantías laborales de los trabajadores con la reforma a la jornada de trabajo diurna y nocturna y al recargo por trabajo dominical, con el pretexto de crear empleo, obligando a la clase obrera a trabajar a perder sus derechos adquiridos y deteriorando su capacidad económica, pero desde el año pasado hemos evidenciado como se viene proponiendo reducir la jornada laboral para que los colombianos podamos gozar y disfrutar más tiempo con nuestras familias.

Pero para mayor sorpresa, la Ministra de Trabajo en una entrevista puso sobre el tapete una futura reforma pensional y laboral y planteo la necesidad que el país cambie la forma de contratar, incluyendo el pago por horas, lo que nos deja muchas dudas, toda vez que, para un trabajador, el cual labora 8 horas diarias en la actualidad es prácticamente imposible que pueda alcanzar pensionarse o peor aún el que percibe un salario mínimo y debe hacer peripecias, magia y cohibirse de muchas cosas para sobrevivir, que pueden esperar los que laboren menos horas de acuerdo a esta propuesta, como se pensionarían o sobrevivirían?.

Con estas contraposiciones legislativas estamos demostrando que las decisiones políticas y las leyes en Colombia las estamos asumiendo de acuerdo al descubrimiento de Edward Thorndike cuando observo que la conducta casual o aleatoria de un animal podía venir acompañada por respuestas del medio ambiente satisfactorias para el animal, ósea el aprendizaje por ensayo y error.

Personalmente discrepo de esta práctica legislativa, la cual creo populista y oportunista, que solo busca despertar el interés del votante primario en las propuestas de campaña que son seductoras, pero que posteriormente van en contravía al estado social de derecho que nos rige, empeorando nuestra situación laboral y económica, afectando con ello, nuestro bienestar y calidad de vida.

Por ello, es justo y necesario dignificar el empleo en Colombia con una remuneración justa y garantías laborales que permitan a los trabajadores colombianos una vida y trabajo decente.

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