ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO, Nació en
Bucaramanga en 1.955, es abogado de profesión, jurista, de ascendencia
conservadora, fundamentalista religioso, hombre controvertido por sus duras y
radicales posiciones en temas morales,
pero en 2.008 a pesar de ser duramente criticado logro ser elegido Procurador
General de Colombia con votos de su partido Conservador, más los de las coalición
Uribista y los del Polo y el Partido Liberal.
Desde
su posesión prometió dos banderas de trabajo para su periodo constitucional
como Procurador General una el Combate contra la Corrupción, la cual aseguro
sería un combate sin cuartel porque se debía devolverle el tono moral al país y
la credibilidad institucional, en segundo lugar desarrollar actividades
preactivas, preventivas y disciplinarias que permitiesen la formación de los
funcionarios públicos que evitasen que estos cayeran en faltas disciplinarias.
En
sus funciones como Procurador el Doctor Ordoñez por primera vez utiliza la
función sancionatoria para destituir, suspender o inhabilitar aproximadamente
12 senadores, 10 Representantes, 59 Gobernadores, 18 Diputados, 981 Alcaldes,
709 Concejales, altos funcionarios del Gobierno y Ministros, estas actuaciones
causaron una gran polarización en el país, siendo aplaudidas por unos y
rechazadas por otros; a lo que el doctor Ordoñez respondía afirmando “No le teman a la Procuraduría, quienes no le deben temer,
los corruptos sí témanle todo lo que quieran, porque los estoy correteando como
ratones alrededor del queso”.
En
2.012 a pesar de la polarización desbordante que vivía el país en torno a su
gestión como procurador el Doctor Ordoñez postula su nombre ante la Corte Suprema de Justicia, la cual lo elige
por mayoría simple, lo cual causo posiciones divergentes en el país a favor y
en contra de esta nominación, pero muy a pesar de esto y de los múltiples
impedimentos que recaían sobre algunos
congresistas para la elección del Procurador el Doctor Ordoñez logra ser
reelegido Procurador General de la Nación con 80 votos de 93 posibles para el
período 2.013 – 2.017.
A
pesar de ser reelegido y ser ungido por el Congreso Colombiano como el hombre
más poderoso del país gracias a su influencia en los empleados públicos, su
poder inquisidor y desbordante de intimidar, suspender, inhabilitar y destituir funcionarios,
alcaldes, concejales, diputados, gobernadores y hasta los mismos Senadores y
representantes que con su voto ayudaron a su reelección pero se atrevieron a
criticarlo y desafiarlo por sus controvertidas decisiones y posiciones, al
Procurador a largo de su periodo lo hemos visto irse lanza en ristre contra la
comunidad homosexual en repetidas oportunidades mostrarse en desacuerdo con
sentencias que le han reconocido derechos a las parejas homosexuales; en otros
días ataca furioso a las defensoras del aborto y mediante circulares internas y
con información incorrecta frenaron importantes medidas para que se cumpliera
la sentencia que despenalizo el aborto, como también ataco a los que defendían
la dosis mínima de alucinógenos.
Pero
el Doctor Ordoñez muy a pesar de toda la controversia, contradictores y que su
popularidad se ha venido a pique por sus posiciones y decisiones no se contiene
y al contrario sigue tomando decisiones controversiales que sumergen su gestión
en la polarización como las Destituciones de Piedad Córdoba por reuniones
ilegales con las FARC, Alonso Salazar por participación en política, Guillermo
Asprilla por Violación del Régimen de Inhabilidades, pero la más mediática y
controversial fue la Destitución e Inhabilidad a Gustavo Petro por Faltas
Gravísimas debido a las irregulares en el cambio del modelo de basura de Bogotá.
El
Procurador Ordoñez se mostraba implacable e infalible contra sus opositores y
contradictores de sus posiciones y pensamiento político-religioso hasta el
punto de imponer durante su gestión un record de Inhabilidades y Destituciones,
pero a su vez actuaba de manera benévola, indulgente y compasivo con sus
aliados por eso pidió la absolución de ex senadores Ceracenses, de Mario Uribe,
Fuad Rapag, Oscar Josué Reyes, Humberto de Jesús Builes, Mario Nader todos acusados de parapolítica, al
exsenador Iván Díaz Mateus por la Yidispolitica, al coronel Plazas Vega, por la
retoma del Palacio de Justicia y muy a pesar que no han sido condenados ya
solicito la libertad inmediata del exsenador Alfredo Ramos y Parlamentario Andino
Oscar Arboleda acusados de parapolítica.
Todo
esto demuestra que nuestro ilustre procurador en sus actuaciones muchas veces
se ha extralimitado, ha sido subjetivo, en otras no ha sido vertical y no ha medido
con el mismo racero sus decisiones y fallos, pero como dice la sabiduría
popular no hay mal que dure cien años y cuerpo que lo resista o la ley tarda
pero llega, al hombre fuerte, inquisidor e incluso quien llego a sonar como
presidenciable, la Constitución y las Leyes lo tienen contra la pared, arrinconado
y callado, gracias a dos demandas que estudia el Consejo de Estado y ponen en
peligro su continuidad como Procurador General de la Nación.
La
Primera está relacionada con los posibles vicios en el trámite de su Elección toda
vez que tanto la Corte Suprema que lo postuló como los Senadores que lo
eligieron tenían familiares en altos cargos en la Procuraduría lo que generaría
un conflicto de intereses que viciaría tanto su Postulación, como su Elección y
la Segunda y más aguda la que plantea que el Doctor Ordoñez no podía ser
reelecto toda vez que la Constitución y las Leyes no lo enuncian y al no estar
expresamente aprobada por estas no puede existir en el mundo jurídico
reelección del Procurador General en Colombia.
En este contexto es el Consejo de Estado quien
en su sabio saber jurídico y constitucional quien debe decidir si el Doctor
Ordoñez sigue en su Trono, con decisiones controversiales o por el contrario abandone
de una vez por todas la Procuraduría poniendo fin a sus Arbitrariedades y extralimitaciones
de Poder.
Si el Honorable Consejo de Estado acoge la Tesis del Ponente donde manifiesta que la Constitución Política NO expresa o Manifiesta la Reelección del Procurador, nacería a la vida jurídica un nuevo interrogante: ¿Qué ocurría con la Reelección de Diputados y Concejales?.
ResponderEliminarLo anterior puesto que el Artículo 299. Modificado por el art. 3, Acto Legislativo 01 de 2007. Establece “En cada departamento habrá una corporación político-administrativa de elección popular que se denominará asamblea departamental, la cual estará integrada por no menos de 11 miembros ni más de 31. Dicha corporación gozará de autonomía administrativa y presupuesto propio, y podrá ejercer control político sobre la administración departamental”. Y el Artículo 312. Modificado por el art. 5, Acto Legislativo 01 de 2007. Expresa “En cada municipio habrá una corporación político-administrativa elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que se denominará concejo municipal, integrado por no menos de 7, ni más de 21 miembros según lo determine la ley de acuerdo con la población respectiva. Esta corporación podrá ejercer control político sobre la administración municipal”.
Todo esto nos plantea que la Constitución Política de Colombia tampoco manifiesta, menciona o expresa de manera explícita la Reelección de los Diputados y Concejales, esto nos induciría que tanto Diputados como Concejales estarían en la misma posición en que se encuentra el Procurador en la Actualidad.